Módulo Clínico: SALUD-CASOS

Gestión Integral de Casos de Salud, Reincorporación Laboral y PCL

Administración médica longitudinal de trabajadores con diagnósticos osteomusculares, cardiovasculares o derivados de accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Control riguroso de restricciones, recalificaciones de origen y pérdida de capacidad laboral.

1. Propósito y Alcance para el Médico Especialista

El módulo SALUD-CASOS constituye el expediente clínico-ocupacional central para el seguimiento de trabajadores con afectaciones de salud relevantes para el trabajo. Centraliza la trazabilidad diagnóstica basada en la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-10), las recomendaciones y restricciones emitidas por médicos tratantes de EPS o ARL, la gestión de la reubicación de puestos y el control documental de las instancias de calificación ante Juntas Regionales y Nacionales de Invalidez.

🩺 Criterio de Confidencialidad y Reserva de Historia Clínica
Conforme a la Resolución 2346 de 2007 y la Resolución 1918 de 2009, el expediente clínico detallado, los diagnósticos CIE-10 y la evolución médica son de acceso exclusivo para el Médico Especialista en Medicina del Trabajo o Medicina Laboral. A las áreas de Talento Humano y Jefes Inmediatos únicamente se transmiten los conceptos de aptitud y las restricciones operativas que impactan la labor, garantizando la reserva legal de la información íntima del paciente.

2. Marco Legal y Normativo Colombiano

Norma Campo de Aplicación Impacto Operativo en el Sistema
Ley 776 de 2002 (Art. 4 y 8) Reincorporación y Reubicación Laboral Obliga al empleador a ubicar al trabajador en el cargo que desempeñaba o a reubicarlo en cualquier otro para el cual esté capacitado, efectuando los movimientos de personal necesarios.
Ley 361 de 1997 (Art. 26) Estabilidad Laboral Reforzada Protección especial contra despido o terminación de contrato por motivos de limitación física o de salud sin autorización expresa previa del Ministerio del Trabajo.
Decreto 1507 de 2014 Manual Único de Calificación de PCL Baremos técnicos y criterios porcentuales para dictaminar la Pérdida de Capacidad Laboral y Ocupacional.
Decreto 1352 de 2013 Juntas de Calificación de Invalidez Reglamenta las controversias de origen y PCL en primera oportunidad (EPS/ARL), Junta Regional (primera instancia) y Junta Nacional (segunda instancia).
Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo Exige el mantenimiento de registros de salud ocupacional y el seguimiento periódico al ausentismo y morbilidad laboral.

3. Catálogos y Clasificaciones Clínicas

Estado Clínico del Caso

• Controlado: Cuadro médico estabilizado, bajo tratamiento de mantenimiento y sin signos de alarma.
• Seguimiento: Caso activo que demanda evaluaciones periódicas y reajustes del puesto.
• Crítico: Patología severa, con incapacidades prolongadas, alta sospecha de PCL ≥ 50% o riesgo inminente.

Rol Laboral y Aptitud

• Sin restricciones: El colaborador desempeña todas las funciones ordinarias de su cargo.
• Con recomendaciones / restricciones: Cuenta con limitaciones temporales o definitivas emitidas por médico laboral.
• Reubicado: Trasladado formalmente a otro cargo adaptado a su condición psicofísica.

Origen de la Patología

• Enfermedad Común (EC): Patología no atribuible a factores ocupacionales.
• Enfermedad Laboral (EL): Contraída por exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral.
• Accidente de Trabajo (AT): Suceso repentino que ocasiona perturbación funcional, invalidez o lesión.

4. Algoritmo de Semaforización y Vigencia de Recomendaciones

Para garantizar que ningún trabajador permanezca con restricciones vencidas sin reevaluación médica, el sistema aplica en tiempo real la siguiente regla de semaforización basada en la diferencia de días entre la fecha actual y la fecha de vencimiento fijada por el facultativo:

Algoritmo de Cálculo de Vigencia Médica
Δt = DíasEntre(FechaActual, FechaFinRecomendacion)

• Semáforo ROJO (Vencida): Si FechaFin ≠ Null Y Δt < 0 (Requiere revaloración inmediata por medicina laboral).
• Semáforo NARANJA (Por Vencer): Si FechaFin ≠ Null Y 0 ≤ Δt ≤ 30 días (Alerta preventiva para coordinar cita médica ocupacional).
• Semáforo VERDE (Vigente): Si FechaFin ≠ Null Y Δt > 30 días (Restricciones activas con vigencia amplia).
• Semáforo GRIS (Indefinida / Permanente): Si FechaFin = Null (Recomendaciones de carácter permanente sin fecha límite).

Consolidación Global del Caso

Un caso médico puede acumular múltiples recomendaciones. El semáforo global del caso se rige por el principio de máxima criticidad: si existe al menos una recomendación en estado Rojo, el expediente completo adquiere estatus Rojo. En caso contrario, si existe al menos una en Naranja, se consolida como Naranja.

5. Flujo Funcional de Reincorporación y Reubicación Laboral

Procedimiento estandarizado bajo los lineamientos de la Ley 776 de 2002 y las Guías GATISO:

1
Finalización de Incapacidad Temporal o Identificación del Evento
El trabajador culmina su período de incapacidad médica o el SVE detecta un cambio patológico que amerita intervención.
2
Evaluación Médica Ocupacional Post-Incapacidad
El médico especialista en SST realiza la valoración clínica, revisa la historia emitida por la EPS/ARL y expide el concepto de aptitud correspondiente.
3
Determinación de Adaptaciones o Reubicación
Si el concepto es Apto con restricciones temporales, se implementan pausas o límites de carga en su mismo puesto. Si requiere cambio sustancial de tareas por secuela irreversible, se activa el proceso de Reubicación Laboral registrando cargo previo, cargo destino y fecha de traslado.
4
Seguimiento Periódico y Cierre del Caso
Se evalúa la tolerancia al puesto adaptado hasta el levantamiento de restricciones médicas o la expedición del dictamen definitivo de PCL por la Junta de Invalidez.

6. Gestión de Controversias, Origen y Dictámenes de PCL

El sistema permite registrar la trazabilidad jurídica y técnica de los pronunciamientos médicos:

Instancia Objeto del Pronunciamiento Efecto Legal y Funcional
Primera Oportunidad (ARL / EPS) Calificación inicial del origen (Común o Laboral) y dictamen de PCL. Si ninguna de las partes apela dentro de los 10 días siguientes, el dictamen queda en firme. Si hay desacuerdo, se remite a Junta Regional.
Junta Regional de Calificación Primera instancia técnica en controversias de origen o porcentaje de PCL. Emite dictamen oficial. Puede ser apelado ante la Junta Nacional de Calificación de Invalidez.
Junta Nacional de Invalidez Segunda y definitiva instancia en vía gubernativa. Su dictamen causa estado y agota la vía gubernativa. Define el derecho a indemnización por incapacidad permanente parcial (PCL entre 5% y 49.9%) o pensión de invalidez (PCL ≥ 50%).
⚖️ Registro de PCL Máxima Consolidada
Cuando un trabajador cuenta con varios eventos de salud (ej. discopatía lumbar común calificada con 12% y secuela de accidente de trabajo con 15%), el sistema ejecuta automáticamente la consolidación de la PCL Máxima Dictaminada para alertar al área jurídica sobre trabajadores con umbrales cercanos o superiores al 50% de pérdida de capacidad.